La documentación para la solicitud deberá ser remitida únicamente al correo electrónico ciudades.saludables@femp.es
En el año 2016, en el marco del Acuerdo de Colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Federación Española de Municipios y Provincias, se concederán ayudas a los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Consejos y Cabildos Insulares para el desarrollo de actuaciones en materia de salud, así como para la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el Sistema Nacional de Salud.
Las actuaciones desarrolladas por los Ayuntamientos que se presenten a esta convocatoria de ayudas tienen queejecutarse con fecha posterior a 10 de junio de 2016 y estar finalizadas antes del 13 de diciembre de 2016.
CUÁNDO Y CÓMO PRESENTAR LAS SOLICITUDES
El plazo de presentación de proyectos será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria de ayudas en la Web de la Red Española de Ciudades Saludables (www.recs.es), siendo la fecha límite el 4 de agosto de 2016.
La documentación deberá ser remitida únicamente al correo electrónico: ciudades.saludables@femp.es
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS AYUDAS
La cantidad de las ayudas de esta convocatoria es de 660.000 €, que supone el 60% de la cantidad máxima contemplada en el Acuerdo de colaboración para el año 2016, entre el MSSSI y la FEMP para la potenciación de la Red Española de Ciudades Saludables y la implementación local de la Estrategia de Promoción de la Salud y Prevención en el SNS. El 40% restante deberán aportarlo los Ayuntamientos que participen en esta convocatoria.
Será el Consejo de Gobierno de la RECS quien acuerde la concesión y resolución de las ayudas, previo estudio de las solicitudes presentadas y de su adecuación a los dos apartados establecidos en la presente convocatoria. Posteriormente, se comunicará al responsable político de cada Ayuntamiento beneficiario, el importe concedido para cada proyecto/actuación aprobada. Asimismo, se publicará la información en la página web de la FEMP y de la RECS (www.femp.es / www.recs.es).
El proceso que se seguirá para la adjudicación de las ayudas, tendrá en cuenta en primer lugar la totalidad de las solicitudes recibidas para cada uno de los apartados y su adecuación a los temas contemplados en cada uno de ellos. Únicamente se considerarán aquellas propuestas que especifiquen claramente la fecha de realización de las actuaciones propuestas, así como el presupuesto real ajustado a dicho periodo temporal.
[lsvr_icon icon=»fa fa-file» icon_size=»18″] Convocatoria 2016