Estimado/a alcalde/sa:
El Boletín Oficial de Aragón de 2 de agosto ha publicado la ORDEN SAN/914/2021, de 23 de julio, por la que se adoptan medidas de limitación de la movilidad en horario nocturno por razones de salud pública para la contención del rebrote de COVID-19 en los municipios de Huesca, Jaca, Monzón y Barbastro.
El objeto de la presente Orden es establecer las medidas especiales en materia de movilidad por razones de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 en los términos municipales de Huesca, Barbastro, Monzón y Jaca.
Durante el periodo comprendido entre las 01:00 horas y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para:
a) Adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
d) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
g) Repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.
h) Retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.
i) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
La presente Orden entra en vigor a las 00:00 horas del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (2 de agosto), por un plazo inicial de quince días, sin perjuicio de que dicho plazo pueda verse prorrogado si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica
Sin otro particular, un saludo.
Zaragoza, a 2 de agosto e 2021.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP