Estimado/a alcalde/sa:
El Boletín Oficial de Aragón de 26 de julio, número 156, ha publicado la ORDEN AGM/874/2021, de 9 de julio, por la que se convocan subvenciones dirigidas a entidades locales aragonesas, para fomentar y apoyar la adaptación al cambio climático en el espacio urbano y periurbano (PIMA Cambio Climático).
Según dispone el artículo 2 de la Orden serán susceptibles de subvención las actuaciones en zonas urbanas y periurbanas consistentes en:
a) Adaptación de edificios públicos para prevenir el exceso de calor y mejorar la eficiencia energética. Se priorizarán las intervenciones de prevención del calor de carácter pasivo (como sistemas de sombreado y cubiertas verdes) y las realizadas sobre los equipamientos utilizados por los grupos más vulnerables al calor: centros educativos, residencias de ancianos, centros de salud, centros de día para personas mayores, etc. También podrá incluirse la climatización de edificios públicos en base a refrigerantes naturales o bien HFOs con PCA inferior a 150.
b) Apertura de “refugios climáticos”, equipamientos que mantienen temperaturas apropiadas, abiertos al uso público en periodos de calor excesivo.
c) Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana(sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la impermeabilidad del suelo, captación de aguas pluviales, creación de microclimas con láminas de agua, aplicación de soluciones bioclimáticas, etc.).
d) Incremento de la biodiversidad urbana y mejora de los hábitats para la vida silvestre: aumento de zonas verdes urbanas y mejora de hábitats, jardines verticales, tejados verdes, restauración o rehabilitación de zonas húmedas, hábitats para polinizadores incluyendo refugios para las especies nidificantes y presencia de vegetación adecuada en parques, jardines, priorización de la conservación de hábitats existentes frente a la creación de nuevas zonas, instalación de comederos y cajas nido.
e) Proyectos a escala de barrio que incidan sobre el metabolismo urbano, más resiliente y más cercano a los procesos naturales, aprovechando el espacio público, espacios urbanos infrautilizados y equipamientos en desuso para integrar componentes de adaptación y mitigación del cambio climático.
Podrán beneficiarse de las subvenciones convocadas por la presente Orden las entidades locales y municipios con un tamaño inferior a 100.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Aragón, de conformidad con el artículo 5 de la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio.
Para poder descargar el Extracto de la Orden puedes pinchar aquí.
Sin otro particular, un saludo.
Zaragoza, a 26 de julio de 2021.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP