Estimado/a alcalde/sa:
La conveniencia de configurar un nuevo marco normativo de la acción concertada para la prestación de servicios de carácter social y sanitario, así como la necesaria actualización del marco normativo a las pautas emanadas de la jurisprudencia europea, justifican la oportunidad del dictado de una nueva norma, que vendrá a sustituir a la Ley 11/2016, de 15 de diciembre, de acción concertada para la prestación a las personas de servicios de carácter social y sanitario
Así, mediante Acuerdo de Gobierno de Aragón de 28 de febrero de 2024 se aprobó el Plan Anual Normativo del Gobierno de Aragón correspondiente al año 2024, entre cuyas propuestas se encuentra el Proyecto de Ley de modificación de la precitada Ley 11/2016, de 15 de diciembre.
Desde el Departamento de Bienestar Social y Familia del Gobierno de Aragón consideran insuficiente una simple modificación de la Ley habida cuenta de la sustantividad de los cambios, siendo precisa la elaboración de un nuevo texto normativo sustentado en la singular naturaleza de la acción concertada y el espíritu de la propia figura.
A la vista de lo expuesto, se informa de que los Consejeros de Bienestar Social y Familia y de Sanidad han procedido a la firma de la Orden por la que se acuerda el inicio del procedimiento de elaboración del Anteproyecto de Ley de Acción Concertada para la prestación a las personas de servicios en el ámbito social y sanitario.
Se puede participar en el proceso de consulta pública, que es la fase previa a la elaboración del proyecto de una norma reglamentaria o legal, a la que puedes acceder en este enlace.
Desde la Federación, dada la naturaleza de la materia objeto de regulación en la citada Orden, consideramos de sumo interés que podáis proceder a su análisis y estudio, con la finalidad, en su caso, de aportar cuantas sugerencias, alegaciones y consideraciones puedan mejorar la redacción final de la misma.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo.
Zaragoza, a 28 de junio de 2024.
Eduardo Gallart Monzón
Secretario General de la FAMCP