Estimado/a alcalde/sa:
Previsiblemente, en los próximos días, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Hacienda, va a ampliar la información que deben suministrar todas las Entidades Locales al objeto de incluir la información económica asociada a la situación provocada por la crisis del COVID-19.
Este requerimiento de información se realizará a través de la «Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales», dependiente de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, que es el canal habitual para la remisión de información al Ministerio de Hacienda. Se incorporarán a dicha Oficina Virtual, dos formularios:
El primero, se referirá a «todos» los programas de gasto que pueden verse afectados por la actual situación tras la publicación del RD 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con especificación de la naturaleza económica de dicho gasto, ya sean operaciones corrientes, de capital o financieras.
El segundo requerirá que se incluya el gasto, sea corriente o inversiones, al que hace referencia el artículo 3 del «Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19″ relativo a la aplicación del superávit de 2019 a la finalidad social.
Es muy importante que se cumplimenten los formularios con el máximo rigor posible, puesto que dicha información nos permitirá poder evaluar el impacto económico de esta crisis sobre las cuentas públicas, además de ser imprescindible para hacer el seguimiento del gasto y, por tanto, el esfuerzo realizado por los Gobiernos Locales en esta crisis.
Por otra parte, es imprescindible que esta circular se ponga en conocimiento de la intervención local o de la persona responsable de remitir la referida información, se le faciliten los medios necesarios y se le traslade la importancia de colaborar en esta iniciativa a nivel nacional.
Por último, reseñar que la presente comunicación es previa, ya que toda la información específica se dará a conocer próximamente por la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local de acuerdo con los procedimientos habituales de suministro de información y con las Resoluciones que pueda adoptar la referida Secretaría General, en el ámbito de sus competencias.
Para poder leer la carta remitida por el Ministerio de Hacienda puedes pinchar aquí.
Sin otro particular, un saludo.
Zaragoza, a 23 de marzo de 2020.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP