Estimado/a alcalde/alcaldesa:
Hasta el próximo día 22 de mayo de 2023, se encuentra abierta la Convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes al año 2023, cuyo objeto es la realización de proyectos de documentación, investigación, transmisión, perpetuación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural Inmaterial, concediendo atención prioritaria a aquellos proyectos que afecten a bienes culturales inmateriales que hayan sido expresamente protegidos por la normativa de Patrimonio Cultural (declarados con la categoría de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, Bien de Interés Cultural o asimilables) o que estén incluidos en los sistemas de inventarios, catálogos o atlas de Patrimonio Inmaterial gestionados por las Administraciones competentes.
Las ayudas se convocan con los siguientes fines:
- Favorecer la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial en España, especialmente aquel que se encuentre en situación de peligro o vulnerabilidad.
- Contribuir a la protección y salvaguarda de los bienes culturales inmateriales declarados por la normativa de Patrimonio Cultural de España.
- Impulsar la transmisión, difusión y conocimiento del Patrimonio Cultural Inmaterial.
- Apoyar proyectos que sirvan de marco de actuación a un conjunto de bienes, o que planteen soluciones que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y las capacidades de gestión del Patrimonio Cultural Inmaterial a nivel general.
- Apoyar aquellos proyectos que ayuden a fomentar la función social del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector público o privado, que deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y otros entes locales, asociaciones e instituciones sin fines de lucro, universidades y entidades dependientes de Comunidades Autónomas.
Las Entidades solicitantes deberán aportar como financiación propia al proyecto al menos el 10% del coste total del mismo declarado en la memoria o, en su caso, el 10% del coste del proyecto reformulado.
El importe de las ayudas concedidas se fijará en la Orden de concesión. Las ayudas no podrán superar los 30.000 € por proyecto ni financiar más del 90% de su cuantía total.
En los siguientes enlaces, encontrarás completa información de esta convocatoria:
- Enlace al extracto de la Orden por la que se convocan las ayudas: https://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?c=BOE-B-2023-11453&acc=Verificar&fix_bug_chrome=foo.pdf
- Enlace a la convocatoria: https://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?c=BOE-B-2023-11453&acc=Verificar&fix_bug_chrome=foo.pdf
En la confianza de que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
Zaragoza, a 11 de mayo de 2023
Martín Nicolas Bataller
Secretario General de la FAMCP