Estimado/a alcalde/sa:
El Boletín Oficial de Aragón de 7 de mayo de 2024, número 87, ha publicado la ORDEN PIC/418/2024, 19 de abril, por la que se regula la convocatoria de subvenciones con destino a los Ayuntamientos con Cuerpo de Policía Local de Aragón en materia de violencia de género para el año 2024.
Según la citada Orden «Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se establecen en esta Orden, los Ayuntamientos que cuenten con Cuerpo de Policía Local…».
Son subvencionables las siguientes actuaciones:
a) Gastos de formación de las personas integrantes de los Cuerpos de Policía Locales en materia de violencia, que sean destinatarios de dicha formación.
b) Gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede de la policía local y que puedan asociarse directamente a la actividad subvencionada, discriminando el gasto ordinario que ya se produce de manera habitual.
c) Gastos referidos a aquellos conceptos, complementos e indemnizaciones de personal que la entidad local haya así establecido en sus respectivos capítulos presupuestarios, referidos a la plantilla y asociados a las guardias o atención concreta que se lleven a cabo y que en ningún caso puedan llegar a consolidarse.
d) Gastos corrientes de material de oficina necesario para llevar a cabo la actuación subvencionada.
e) Gastos derivados de la formación, talleres, charlas o cualquier otra actividad equivalente, en la cual las/los miembros de las plantillas pueden participar en esta ocasión como formadores o ponentes, siempre que las mismas hayan sido realizadas en beneficio de la población referida al municipio. Se tratarán acciones formativas referidas a la violencia de género de una manera directa, así como aquellas que permitan detectar situaciones de riesgo en la población de dicha entidad local para su posterior seguimiento policial.
f) Cualesquiera otros gastos que guarden relación con las actividades, fines y objetivos que tienen encomendados y que mantengan su naturaleza de gasto corriente.
El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurrido un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden de convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.
El mismo Boletín publica el extracto de la Orden al que puedes acceder pinchando aquí.
Sin otro particular, esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
Zaragoza, a 8 de mayo de 2024.
Eduardo Gallart Monzón
Secretario General de la FAMCP