Estimado/a alcalde/sa:
El Boletín Oficial del Estado de 25 de septiembre, número 255, publicó la Orden ISM/888/2020, de 22 de septiembre, por la que se regula la modalidad de pago a cuenta de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, prevista en el artículo 56.3 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, durante los años 2020 y 2021 (BOE de 25 de septiembre de 2020).
Esta orden tiene por objeto regular la modalidad de pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta prevista en el artículo 56.3 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, consistente en la realización de entregas parciales periódicas, a cuenta de aquellas, regularizándose posteriormente bien de forma anual o bien en el momento en que se extinga la obligación de cotizar, de producirse esta antes del transcurso de ese periodo anual.
Por otra parte, la nueva modalidad de pago a cuenta que se implementa tiene también como objetivo modernizar y mejorar la gestión recaudatoria con comunidades autónomas y entidades locales, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones económicas con la Seguridad Social.
En lo que al ámbito de la administración local se refiere, se pretende que la modalidad de pago a cuenta establecida en esta orden sea aplicable también a las entidades locales y sus organismos dependientes, sustituyendo el actual sistema establecido por la Orden de 9 de abril de 2001, que sería derogada en su totalidad y sustituida por esta orden.
Para poder descargar la Orden puedes pinchar aquí.
Sin otro particular, un saludo.
Zaragoza, 15 de octubre de 2020.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP