Estimado/a alcalde/sa:
Por la importancia del artículo 15 que habilita a los entes locales aragonesas a la tramitación de los contratos por vía de urgencia, transcribo el mismo:
«CAPITULO IV Medidas en materia de contratación del sector público
Artículo 15. Tramitación de emergencia.
1. La adopción de cualquier tipo de medida directa o indirecta por parte de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de las entidades locales de su territorio para hacer frente al COVID-19 justifcará la necesidad de actuar de manera inmediata, al amparo de lo previsto en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
2. De acuerdo con la previsión establecida en el párrafo anterior, a todos los contratos que hayan de celebrarse por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por las entidades locales, así como por sus organismos públicos, para atender las necesidades derivadas de la protección de las personas y otras medidas adoptadas por las autoridades competentes para hacer frente al COVID-19, les resultará de aplicación la tramitación de emergencia. En estos casos, si fuera necesario realizar abonos a cuenta por actuaciones preparatorias a realizar por el contratista, no será de aplicación lo dispuesto respecto a las garantías en la mencionada Ley 9/2017 siendo el órgano de contratación quien determinará tal circunstancia en función de la naturaleza de la prestación a contratar y la posibilidad de satisfacer la necesidad por otras vías. De la justifcación de la decisión adoptada deberá dejarse constancia en el expediente.
3. El libramiento de los fondos necesarios para hacer frente a los gastos que genere la adopción de medidas para la protección de la salud de las personas frente al COVID-19 podrá realizarse a justificar.»
Sin otro particular, esperando que la información remitida sea de tu interés, recibe un cordial saludo.
Zaragoza, 27 de marzo de 2020.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP