Estimado/ alcalde/sa:
Las personas jurídicas vienen relacionándose de forma electrónica con la Dirección General de Tráfico de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y, en esta misma línea a partir del próximo 1 de noviembre también deberán disponer de una Dirección Electrónica Vial en base a lo establecido en el artículo 60 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Desde la Dirección General de Tráfico nos informan que están realizando una campaña de comunicación informando a todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el Registro de Vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, de que deberán disponer antes del 1 de noviembre de una Dirección Electrónica Vial (DEV), facilitando al darse de alta un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que puedan tener pendientes de leer. En caso de no hacerlo, la Dirección General de Tráfico asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a la empresa, la cual recibirá de forma electrónica las notificaciones de tráfico.
Adjunto a este escrito la nota de prensa publicada por DGT, por considerar que se trata de un tema de interés tanto por afectar a competencias municipales en materia sancionadora de tráfico y seguridad vial, como por ser las Entidades Locales personas jurídicas titulares de vehículos.
Para cualquier aclaración o asistencia técnica relativa a esta cuestión desde la Jefatura Provincial de Tráfico están a vuestra disposición a través del buzón informatica.zaragoza@dgt.es
Sin otro particular, un saludo.
Zaragoza, a 18 de octubre de 2022.
Martín Nicolás Bataller
Secretario General de la FAMCP